La sostenibilidad y el respeto al medio ambiente son ahora más importantes que nunca. Con la Ley 7/2021 de Cambio Climático y Transición Energética, España ha establecido nuevos criterios que las empresas deben cumplir para contribuir a la lucha contra el cambio climático. Aquí te explicamos de manera clara y directa a qué empresas afecta esta normativa y qué deben hacer.
Contratación pública y sostenibilidad
La ley establece que en la contratación pública se deben incluir criterios de reducción de emisiones y de huella de carbono dirigidos a la lucha contra el cambio climático. Esto significa que cualquier entidad pública que contrate servicios o productos deberá tener en cuenta la reducción de los impactos ambientales y la eficiencia energética.
Modificación del Real Decreto 163/2014
Aunque el Real Decreto 163/2014 aún no ha sido modificado oficialmente, el proyecto de Real Decreto establece que deberán calcular su huella de carbono y publicar un plan de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero las siguientes empresas:
- Empresas que formulen cuentas consolidadas y cumplan los requisitos de la Ley 11/2018:
- Tener más de 500 empleados.
- Cumplir al menos dos de estos criterios:
- Activo consolidado superior a 20.000.000 euros.
- Cifra anual de negocios consolidada superior a 40.000.000 euros.
- Tener más de 250 empleados.
Obligaciones en Euskadi
¿Y qué pasa en Euskadi? La Ley 1/2024 de Transición Energética y Cambio Climático en Euskadi establece que varios sectores específicos deberán calcular su huella de carbono y elaborar un plan para reducirla. Estos sectores son:
- Gestión de residuos
- Tratamiento de aguas
- Instalaciones industriales
- Comercio y turismo
- Ganadería, agricultura, y pesca
Además, deberán reducir su huella de carbono a cero o negativa si es técnica y económicamente viable.
Contratación en Euskadi
Los órganos de contratación en Euskadi deberán incluir en los pliegos de condiciones la obligación de disponer de la huella de carbono para productos, servicios y suministros.
Reglamentaciones Pendientes
Todavía no se han publicado los detalles reglamentarios que especificarán:
- Las instalaciones afectadas.
- El alcance del cálculo de la huella de carbono.
- El contenido mínimo del plan de reducción.
- El plazo para la redacción del plan y la frecuencia de su actualización.
¿Está tu empresa preparada para adecuarse a la legislación contra el cambio contra el cambio climático? Contacta con nuestro equipo de medioambiente y sostenibilidad y resolveremos todas tus dudas.